Cancelan tu vuelo y, a los pocos minutos, llega el email: "Le ofrecemos un bono de viaje por el importe de su billete, con un 10 % extra de regalo". Suena generoso. No suele serlo. Vamos a ver qué hay detrás y cómo decidir con cabeza.
Lo primero: el dinero es tu derecho, el bono es opcional
Si la aerolínea cancela, el Reglamento CE 261/2004 te da a elegir entre transporte alternativo o reembolso del billete en dinero en un plazo de 7 días. El bono solo puede sustituir al reembolso si tú lo aceptas voluntariamente y por escrito. Da igual lo que diga el email o la web de la compañía: no pueden imponértelo, ni hacer que el dinero sea "la opción difícil de encontrar" en su formulario.
Lo que la aerolínea no te cuenta
- El bono no es tu indemnización. Además del reembolso, si te avisaron con menos de 14 días probablemente te corresponden 250–600 € de compensación. El bono no toca ese derecho… salvo que el documento incluya una renuncia.
- Caducidad. Muchos bonos caducan en 12 meses. Si no vuelas en ese plazo, la aerolínea se queda tu dinero.
- Restricciones. Algunos no valen para todas las rutas o tarifas, o no son transferibles.
- Si la aerolínea quiebra, el bono se convierte en papel mojado; el dinero en tu cuenta, no.
¿Cuándo puede compensar aceptar el bono?
Sea justos: el bono puede interesarte si vuelas a menudo con esa compañía, el extra que ofrecen es real (15–20 % o más), no caduca pronto, y —esto es lo esencial— no incluye renuncia a la indemnización. En ese caso puedes tomar el bono por el billete y reclamar igualmente tus 250–600 €.
Qué hacer si ya aceptaste un bono
No des nada por perdido. Si lo aceptaste mediante un clic apresurado, sin información clara o con cláusulas abusivas, esa renuncia puede ser impugnable. Y si el bono no incluía renuncia expresa, tu derecho a la compensación sigue intacto: tienes hasta 5 años desde el vuelo para reclamarla.
Cuéntanos tu caso — revisamos gratis qué firmaste y qué puedes recuperar. Solo cobramos si tú cobras.
Preguntas frecuentes
¿Pueden obligarme a aceptar un bono?
No. El reembolso en dinero en 7 días es tu derecho legal. El bono requiere tu aceptación voluntaria y por escrito.
Si acepto el bono, ¿pierdo la indemnización de 250–600 €?
No, salvo renuncia expresa firmada. El bono sustituye al reembolso del billete, no a la compensación por cancelación.
Ya acepté un bono con renuncia, ¿está todo perdido?
No necesariamente: las renuncias aceptadas sin información clara o con cláusulas abusivas pueden impugnarse. Merece la pena revisarlo.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
En España, hasta 5 años desde la fecha del vuelo.