Reglamento Europeo CE 261/2004

Plazos para reclamar a una aerolínea

Tienes más tiempo del que crees, pero conviene no esperar: cuanto antes reclames, más fácil es reunir las pruebas.

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Retraso, cancelación y overbooking

En España, el plazo para reclamar la indemnización del Reglamento 261/2004 es de 5 años desde la fecha del vuelo (art. 1964 del Código Civil). Es uno de los plazos más amplios de Europa.

Atención a la nueva normativa europea (aplicable hacia 2027). La reforma del Reglamento 261/2004, aprobada definitivamente el 13 de julio de 2026, fija un plazo de 9 meses desde el vuelo para presentar la reclamación ante la aerolínea, que deberá acusar recibo en 7 días hábiles y responder —o pagar— en 30 días. Esas reglas aún no están en vigor: hasta que se apliquen, sigue rigiendo el plazo de 5 años en España. Te lo explicamos aquí.

Equipaje (Convenio de Montreal)

Para los problemas de equipaje el plazo máximo para acudir a los tribunales es de 2 años. Pero ojo a los plazos cortos para avisar a la aerolínea desde la recepción:

  • Equipaje dañado: 7 días.
  • Equipaje retrasado: 21 días.

No dejes que prescriba

Si tu vuelo problemático fue hace meses (o años), probablemente aún estás a tiempo. Cuéntanos la fecha y te confirmamos si tu caso sigue vivo.

Preguntas frecuentes

Mi vuelo fue hace 3 años, ¿aún puedo reclamar?

En retrasos y cancelaciones, sí: el plazo en España es de 5 años. En equipaje el plazo es de 2 años.